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Producción de azúcar en Chile: definiciones pendientes

Actualidad

Con posterioridad a la Ronda Uruguay (1995), Chile comprometió con la OMC un arancel consolidado máximo de un 25% para la generalidad de los productos y de 31,5% para los productos con bandas de precio (trigo, aceite, azúcar) y para los lácteos. En palabras simples esto significa que el país asumió un compromiso en el sentido de que los gravámenes a las importaciones (impuestos o aranceles ad valorem y/o específicos) no superarían dicho porcentaje.

mes: Revista N° 14 - Enero
año: 2002
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Located in: Revista Nº 14